La discrecionalidad administrativa supone una de las construcciones jurÃdicas más esquivas y apasionantes del Derecho Administrativo. Desde su concepción como fenómeno de actuación administrativa ajeno a cualquier jurÃdico, pasando por momentos tan sombrÃos, en los cuales pasó a ser considerado el caballo de Troya del Estado de Derecho, hasta su consideración como instrumento de actuación legÃtimo y necesario de toda Administración moderna. Esos devaneos doctrinarios determinaron el punto de partida de los diferentes análisis cientÃficos, los cuales, las más de las veces, buscaron mecanismos para controlarla y limitarla, en vez de explicarla. En el presente trabajo se intentó esclarecer algunos de los aspectos de la discrecionalidad administrativa que hasta ahora no han sido objeto de un análisis condigno. El mismo se nutrió de los muy importantes aportes de EUGENIO BULYGIN y ADRIEN VERMEULE. El primero proveniente de la FilosofÃa del Derecho; el segundo, del Derecho Anglosajón. El resultado y la utilidad práctica de tan arriesgada combinación será resorte exclusivo del lector, a quien nos debemos.